martes, 28 de noviembre de 2017

LEGISLACIÓN DE NUESTRA ASOCIACIÓN

¿QUÉ LEGISLACIÓN FORMA PARTE DE NUESTRA ASOCIACIÓN?

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En primer lugar, queremos destacar la importancia que tiene cumplir la legislación del colectivo al que enfoquemos nuestra asociación. Tras esto, se considera relevante insertar la definición de ley.
Las leyes son aquellos instrumentos para crear condiciones justas y equitativas entre los miembros de la sociedad, en las que se añaden los límites y las responsabilidades que tenemos en cada ámbito personal, social, profesional y laboral.
Por ende, para el desarrollo de esta asociación, consideramos relevante a todas las personas implicadas en los procesos, desde los adolescentes, como sus derechos y sus garantías a través de una protección íntegra del Estado y por eso, hemos realizado una búsqueda para analizar alguna legislación específica en relación a nuestra temática en el desarrollo de la asociación. Por consiguiente, de forma general sobre el tema dentro del territorio nacional, hemos encontrado la siguiente legislación:
  • Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
  • Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores
  • Ley orgánica para la protección del niño y del adolescente
  • Constitución Españolaà Aprobada por Las Cortes en sesiones plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado celebradas el 31 de octubre de 1978 Ratificada por el pueblo español en referéndum de 6 de diciembre de 1978 Sancionada por S. M. el Rey ante Las Cortes el 27 de diciembre de 1978
De forma más específica, dentro de Castilla La Mancha respecto a nuestro ámbito de trabajo para la construcción de esta asociación destacamos lo siguiente:  
  • Ley 5/2014, de 9 de octubre, de Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha (BOE n. 42, de 18.02.15)
Esta ley específica tiene como finalidad la atención y protección integral de la infancia y adolescencia. La decisión de añadir esta ley se debe a que para la atención y protección de los adolescentes se ampara una ley específica, que se encarga de ofrecerles unos derechos para mejorar su calidad de vida.
Por consiguiente, en relación a la legislación que regula las asociaciones, podemos destacar lo siguiente:

NORMATIVA ESTATAL


Consideramos importantes también, los siguientes artículos establecidos en la Constitución Española, que hacen referencia a:
Sindicatos y asociaciones empresariales. Artículo 7:
Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Derecho de asociación. Artículo 22:
1. Se reconoce el derecho de asociación.
2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.
3. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.
4. Las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.
5. Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.
Participación de la juventud. Artículo 48:
Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.

NORMATIVA AUTONÓMICA


Queremos destacar que en Castilla La Mancha no existe Ley autonómica. Por Decreto Autonómico 8/1999, se coordinan los registros de asociaciones de la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. 
La creación de nuestra asociación viene dada porque vemos importante que los adolescentes tengan conocimiento de los recursos que se puedan encontrar una vez que han salido de los centros de menores, y así de esta manera fomentar la inserción sociolaboral en nuestra sociedad.
Para que esto se lleve a cabo nuestro grupo de trabajo compuesto por Amanda Centeno, Elsa De las Heras, Alba García, Elisa Illán y Saray Jiménez, queremos añadir que el desarrollo de las asociaciones es de vital importancia en nuestra sociedad.
Posibilitar la inserción sociolaboral de los adolescentes y prepararlos para la vida autónoma adulta son los objetivos principales en nuestra asociación, pero para ello, debemos adaptarnos a la legislación, para garantizar el cumplimiento integral de las necesidades de los adolescentes y cumplir con una serie de derechos y obligaciones para adaptarse a la normativa vigente en nuestra sociedad.


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